Aumenta el SMI y el salario inembargable

Si Hacienda le comunica el embargo del salario de algún trabajador, tenga en cuenta que el salario inembargable ha aumentado. 

Si su empresa recibe una diligencia de embargo (de Hacienda, de un juzgado o de otra administración pública) de las retribuciones de uno de sus empleados, no deberá retenerle todo el salario, ya que una parte es inembargable.  

La parte inembargable se calcula según la proporción entre el salario mínimo interprofesional (SMI) y el sueldo neto (es decir, después de deducir la retención y la cuota de la Seguridad Social). 

Pues bien, sepa que el salario mínimo interprofesional para el año 2023 se ha fijado en 1.080 euros (en lugar de los 1.000 euros aplicables en 2022). Tenga en cuenta esta nueva cuantía respecto de las nuevas diligencias de embargo que reciba. 

Únicamente la cantidad del salario que exceda del Salario Mínimo Interprofesional se puede embargar por los acreedores en base a un porcentaje que establece la ley. El cual se divide en tramos, según sea el salario del trabajador:

  • Primer tramo: 30% de las cantidades hasta el doble del SMI.
  • Segundo tramo: 50% de las cantidades restantes hasta tres veces el SMI.
  • Tercer tramo: 60% de las cantidades que superan hasta cuatro veces el SMI.
  • Cuarto tramo: 75% de las cantidades que superan hasta cinco veces el SMI.
  • Quinto tramo: 90% de las cantidades que superen la cuantía anterior.

Para más información sobre el aumento del el SMI y el salario no embargable . No dudes en ponerte en contacto con cualquiera de nuestros despachos. Nuestro equipo de expertos resolverá todas tus dudas y te asesorará debidamente.

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