Ayuda cheque autónomos de Vitoria-Gasteiz

El Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz ha publicado la siguiente convocatoria: Cheque autónomos 2023 de Vitoria-Gasteiz

Podrán solicitarse desde el 1 de diciembre de 2023 hasta el 31 de enero de 2024.

OBJETO

Ayuda dirigida a financiar la primera alta en el régimen especial de trabajadores autónomos de la Seguridad Social (RETA) y que hayan permanecido de alta un mínimo de un año.

BENEFICIARIOS

  1. Las personas físicas que realicen de forma habitual, personal, directa, por cuenta propia y fuera del ámbito de dirección y organización de otra persona, una actividad económica empresarial, profesional o artística a título lucrativo, den o no ocupación a personas trabajadoras por cuenta ajena.
  2. Las personas socias integrantes de comunidades de bienes y sociedades civiles, siempre que la subvención se solicite a título personal, que realicen de forma habitual, personal, directa, por cuenta propia y fuera del ámbito de dirección y organización de otra persona, una actividad económica empresarial, profesional o artística a título lucrativo, den o no ocupación a personas trabajadoras por cuenta ajena.
Quedan fuera del ámbito de esta subvención:
  • Los familiares que colaboran, regulados en el artículo 12 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre.
  • Las personas socias de sociedades mercantiles, sociedades laborales y cooperativas y aquellas personas que ejerzan funciones de dirección o gerencia en las mismas.
  • Las personas trabajadoras autónomas en situación de pluriactividad (alta en dos o más regímenes distintos del sistema de la Seguridad Social).

REQUISITOS

  1. Deberán contar con empadronamiento en el municipio de Vitoria-Gasteiz desde la fecha de alta en RETA.
  2. Haber cursado el alta por primera vez en el RETA con posterioridad a 30 de junio de 2022.
  3. Alta en vigor en el RETA y haberse mantenido de alta forma ininterrumpida durante al menos 12 meses desde la fecha de su primera alta.
  4. Las personas trabajadoras autónomas deberán haberse dado de alta y mantenerse de alta de forma ininterrumpida en el epígrafe de IAE correspondiente a la actividad que desarrollen, desde la fecha de alta en el RETA. En el caso de personas socias integrantes de Comunidades de bienes o sociedades civiles se exigirá el mismo requisito.
  5. Hallarse al corriente de sus obligaciones fiscales con la Hacienda Foral, con la Seguridad Social y tributarias con el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz. desde el momento de la presentación de la solicitud y mantenerse vigente durante todo el proceso de tramitación de la solicitud de subvención (concesión, reconocimiento de la obligación y pago).
  6. No estar sancionada ni penal ni administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas. Ni estar incursa en prohibición legal alguna que le inhabilite para ello.
  7. No estar incursa en ninguna de las restantes circunstancias previstas en el apartado 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, para obtener la condición de beneficiario de subvenciones.

CUANTÍA DE LA AYUDA

Se subvencionará la primera alta en el RETA con un importe único de 960,00 euros.

PLAZO

El plazo de presentación de solicitudes: Desde el 1 de diciembre hasta el 31 de enero de 2024.


Para más información sobre el cheque autónomos de Vitoria-Gasteiz. No dudes en ponerte en contacto con cualquiera de nuestros despachos o en nuestro email subvencionescyl@bketl.es. Nuestro equipo de expertos resolverá todas tus dudas y te asesorará debidamente.

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