Ayudas extraordinarias para hacer frente a los gastos originados por el Covid-19 para PYMES y Autónomos del sector turístico de Álava 2021

A continuación le detallamos la normativa de la nueva convocatoria del BOTHA (Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava) de Ayudas extraordinarias para hacer frente a gastos originados por el Covid-19 en PYMES y Autónomos del sector turístico en el territorio de Álava.

BENEFICIARIOS 

1. Pequeñas y medianas empresas que acrediten su actividad en el sector turístico mediante su objeto social.

2. Personas autónomas que desarrollen su actividad en promoción turística.

3. La actividad de las PYMES deberá encuadrarse en una de las tipologías siguientes:

  • Establecimientos de alojamiento turístico.
  • Personas jurídicas titulares de viviendas y habitaciones de uso turístico.
  • Agencias de viaje.
  • Empresas cuya actividad principal sea el transporte turístico.
  • Empresas de turismo activo.
  • Empresas profesionales organizadoras de congresos.
  • Guías de Turismo.

4. Las personas físicas o jurídicas beneficiarias deberán cumplir con los siguientes requisitos:

  • Estar domiciliada fiscalmente la actividad empresarial en el Territorio
  • Histórico de Álava y radicar en el mismo el centro de trabajo.
  • Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con Hacienda y con la Seguridad Social.

GASTOS SUBVENCIONABLES

Podrán ser de tres tipos:

  • Gastos de asesoría fiscal, contable o legal directamente motivados por la crisis sanitaria por el coronavirus COVID-19.
  • Gastos relacionados con materiales y suministros relacionados con la seguridad y protección sanitaria a personas trabajadoras y visitantes: geles y/o productos de desinfección, mascarillas tanto quirúrgicas como de modelo FFP2, viseras de protección, calzas y gorros quirúrgicos, gafas de protección anti salpicaduras, termómetros que no requieren de contacto, etc.
  • Gastos para la mejora o puesta en marcha de sistemas de comercialización on-line para la contratación de servicios turísticos (visitas guiadas, alquiler de bicicletas….).
  • Los gastos correspondientes a publicidad on-line (Google adwords, publicidad en redes sociales, gastos por publicidad en otras páginas web, salvo las dirigidas a segmentos de mercado específicos o especializados) y en general los gastos correspondientes a posicionamiento o incremento de presencia en internet.
  • Gastos de diseño, elaboración, maquetación y traducción de material promocional turístico hasta un máximo de subvención de 2.000,00 euros.
  • Gastos de creación, mejora, organización, promoción y comercialización de un único evento turístico, entendido como tal aquel acontecimiento previamente organizado que tiene la capacidad de movilizar a personas a destinos que se encuentran fuera de su lugar de residencia habitual por motivos personales o profesionales.
  • Gastos generados por la realización de visitas guiadas.
  • Planes de manejo ambientales y/o modelos de gestión inteligente y/o sostenible.
  • Diseño, actualización y traducción de páginas web turísticas.
  • Gastos de afiliación a asociaciones legalmente constituidas del sector hostelero y turístico ya sean de ámbito local, comarcal o territorial.

Los tributos sólo serán subvencionables cuando el beneficiario los abona efectivamente.

En el caso de gastos en los que exista vinculación entre el solicitante y  proveedor sólo se admitirán cuando se hayan solicitado tres ofertas para realizar el servicio o para comprar la inversión a realizar y se haya justificado la elección, su la oferta elegida no es la más ventajosa.

PERÍODO DE REALIZACIÓN DE LAS ACTIVIDADES

Se deberán realizar los gastos en el período comprendido entre 1 de enero de 2021 y 26 de noviembre de 2021, ambos inclusive.

CUANTÍAS Y LÍMITES DE LAS AYUDAS

El 50 por ciento del presupuesto de subvenciones. En todo caso, el importe máximo de subvención será de 6.000,00 euros de beneficiario.

 

Si desea conocer más acerca de estas ayudas para el sector turístico del territorio de Álava, en el siguiente documento encontrará toda la información detallada. Igualmente, puede ponerse en contacto con nosotros a través del email subvenciones@bkconsulting.es, o bien a través del teléfono 945155139 y resolveremos sus dudas.

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