Cambios en los contratos de trabajo a partir de septiembre

A partir de septiembre, entrará en vigor el Real Decreto-ley 1/2023,  aprobado en Consejo de Ministros el pasado enero con el propósito de implementar medidas urgentes en materia de incentivos a la contratación laboral y mejora de la protección social de las personas artistas. Se llevarán a cabo una serie de cambios en los contratos, con vistas a favorecer la contratación indefinida y a los colectivos vulnerables.

Una de las novedades más llamativas tiene que ver con las prestaciones que reciben las empresas al contratar empleados. De las vigentes, algunas se mantendrán, mientras que otras desaparecerán a partir del 1 de septiembre. Incluso hay bonificaciones que se verán reducidas, en caso de contratos a tiempo parcial.

Premiar los contratos indefinidos

Uno de los grandes objetivos del Real Decreto-ley 1/2023 es la creación de empleo estable, mientras que otro de sus fines es impulsar la contratación de colectivos considerados vulnerables o de baja empleabilidad. Teniendo en cuenta estos dos aspectos, se entiende que las empresas que los fomenten disfrutarán de determinadas prestaciones.

Bonificaciones de contratación destinadas a las empresas

  • Cambio de puesto por riesgo durante el embarazo o lactancia natural, y enfermedad profesional: 138€/mes durante el periodo de permanencia en el nuevo puesto o función.
  • Personas trabajadoras sustituidas durante situaciones de nacimiento y cuidado del menor, cuidado del lactante, riesgo durante el embarazo y la lactancia natural:   366€/mes, mientras se extiende dicha situación.
  • Contratación indefinida de personas desempleadas de larga duración: 110€/mes durante tres años o 128€/mes si son mujeres o personas de 45 o más años
  • Contratación de personas con certificado de exclusión social: 128 euros al mes durante cuatro años.

  • Contratación de víctimas del terrorismo: 128 euros al mes durante cuatro años.

  • Contratación indefinida de víctimas de violencia de género, sexual y trata de seres humanos, con fines de explotación sexual o laboral: 128 euros al mes durante cuatro años.

  • Personas con discapacidad intelectual: 128 euros al mes durante cuatro años.

  • Contratación indefinida de personas readmitidas tras haber cesado en la empresa por incapacidad permanente o absoluta: 138 euros al mes durante dos años.

  • Contratación indefinida de personas jóvenes con baja cualificación beneficiarias del Sistema Nacional de Garantía Juvenil: 275 euros a mes durante tres años.

  • Contrato de duración determinada con personas desempleadas para sustituir a personas en determinados puestos: 366€/mes, mientras se extienda dicha situación en los siguientes casos:
    • Jóvenes desempleados menores de 30 años para sustituir a personas trabajadoras durante su baja por riesgo de embarazo o durante la lactancia natural, nacimiento y cuidado del menor o ejercicio corresponsable del menor lactante.
    • Personas desempleadas para sustituir a personas autónomas o socias de cooperativas en los mismos casos anteriores.
    • Personas desempleadas discapacitadas para sustituir a trabajadores con discapacidad con contrato suspendido por baja IT.
  • Prolongación del periodo de actividad en fijos discontinuos de los sectores de turismo, comercio y hostelería vinculados a la actividad turística: 262 euros/mes.
  • Personal investigador bajo la modalidad de contrato predoctoral: 115€/mes durante la vigencia del contrato.
  • Transformación de contratos temporales en fijos discontinuos (en sistema agrario): 55€/mes para hombres y 73€/mes para mujeres, durante tres años.
  • Contratos de duración determinada para sustitución de trabajadoras víctimas de violencia de género o sexual: 100% de las cuotas empresariales por contingencias comunes.
  • Contratación indefinida o nuevo socio/a de cooperativa o sociedad laboral de personas que realizan formación práctica en empresas: 138€/mes durante un periodo máximo de 3 años.
  • Transformación de contratos formativos y de relevo en indefinidos:
    • De contratos formativos:  128€/mes durante tres años, y 147€/mes si es una mujer.
    • De contratos relevo: 55€/mes durante tres años, y 73€/mes si es una mujer.
  • Contratos de formación en alternancia: 91€/mes, además de bonificaciones específicas para la financiación de los costes de la formación recibida.

Asimismo, también con el objetivo de mejorar la empleabilidad, entre las nuevas medidas existen otras bonificaciones para alargar la jornada laboral de los trabajadores que tengan un contrato fijo discontinuo, abundantes en sectores como la hostelería, el comercio y el turismo.

Prestaciones que desaparecen

Desde el 1 de septiembre dejarán de aplicarse una serie de prestaciones que están vigentes actualmente. Una de ellas será la relativa a la contratación de familiares de hasta segundo grado (salvo personas con discapacidad). También desaparecen las bonificaciones de contratación tanto para trabajadores que hubieran estado en la misma empresa los últimos 12 meses con un contrato indefinido, como para aquellos que hubieran estado los anteriores seis meses con un contrato temporal o formativo.

Además, dejaría de aplicarse la bonificación total de los contratos a desempleados por la sustitución de trabajadores por maternidad, acogimiento y adopción. Esta prestación quedará reducida, pasando del 100% a 336 euros en dos casos:

  • Para contratos de duración determinada realizados a parados menores de 30 años. Para sustituir a trabajadores que perciban prestaciones económicas por riesgo durante el embarazo o riesgo durante la lactancia natural.
  • Para contratos de duración determinada realizados a parados menores de 30 años. Para sustituir a trabajadores que perciban prestaciones económicas por nacimiento y cuidado del menor.

Otras prestaciones a empresas que se verán reducidas son las referentes a contratos a tiempo parcial. En estos casos, la cuantía de las bonificaciones disminuye proporcionalmente, mientras que quedarán sin incentivar los contratos parciales inferiores al 50% de la jornada a tiempo completo, menos en los supuestos de permisos por conciliación.


Para más información sobre los cambios en los contratos de trabajo en septiembre. No dudes en ponerte en contacto con cualquiera de nuestros despachos. Nuestro equipo de expertos resolverá todas tus dudas y te asesorará debidamente.

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