Cuarta fase de modificación de las bases de cotización de autónomos

Existe la posibilidad a los trabajadores autónomos de cambiar cuatro veces al año la base de cotización, eligiendo otra, dentro de las establecidas en la norma, siempre que lo soliciten en la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social.

Hay que tener en cuenta que antes del 1 de Enero y con fecha de efectos del 1 de Enero de 2021 los Autónomos podrán:

  • Solicitar que, mientras mantengan su situación de alta en el Régimen Especial de Autónomos, su base de cotización se incremente automática y anualmente en el mismo porcentaje en que se aumentan las bases de cotización.
  • Modificar la Base de Cotización, con fecha efectos 1 de Enero de 2021.

A partir del 1/1/2021 los límites para las bases de cotización en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos son las siguientes: pinchar AQUÍ.

 


Esperamos que esta información le haya sido de interés. Si tiene cualquier consulta, puede contactar con cualquiera de nuestros despachos. Nuestro equipo de expertos resolverá todas sus dudas y le asesorará debidamente.

 

Área Laboral / Despachos BK

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