Modificación del reglamento de cotización para autónomos

Se ha publicado en el BOE el reglamento de Cotización y Liquidación de otros Derechos de la Seguridad Social, por el que se regula un nuevo sistema de altas y bajas de los autónomos, que les permitirá cambiar de cuota cada dos meses. Es decir, a partir de 2023 los autónomos podrán elegir hasta en seis ocasiones por qué tramo quieren cotizar y la cuota que van a pagar.

Aunque este Real Decreto-Ley entrará en vigor en enero de 2023, detallamos a continuación algunas de las modificaciones del reglamento:

Posibilidad de cambio de la base de cotización cada dos meses

Estas son las nuevas fechas en las que podrán los autónomos solicitar este cambio de base:

  • 1 de marzo, si la solicitud se formula entre el 1 de enero y el último día natural del mes de febrero.
  • 1 de mayo, si la solicitud se formula entre el 1 de marzo y el 30 de abril.
  • 1 de julio, si la solicitud se formula entre el 1 de mayo y el 30 de junio.
  • 1 de septiembre, si la solicitud se formula entre el 1 de julio y el 31 de agosto.
  • 1 de noviembre, si la solicitud se formula entre el 1 de septiembre y el 31 de octubre.
  • 1 de enero del año siguiente, si la solicitud se formula entre el 1 de noviembre y el 31 de diciembre.

Previsión de las ganancias para fijar su cuota

El autónomo deberá prever las ganancias que va a tener para fijar su cuota. Los trabajadores por cuenta propia deberán presentar una previsión de rendimientos de la actividad a la Tesorería General de la Seguridad Social.

Altas y bajas del trabajador autónomo en el año natural

A partir de la cuarta alta del trabajador autónomo en el año natural, ya no contarán desde el día siguiente, sino desde el primer día del mes. “El resto de las altas que, en su caso, se produzcan dentro de cada año natural tendrán efectos desde el día primero del mes natural en que se reúnan los requisitos para la inclusión en este régimen especial”

 

Por tanto, este nuevo reglamento de cotización para autónomos busca modificar una serie de normativas para que los trabajadores por cuenta propia coticen en función de sus rendimientos netos, aunque es probable que sufra algunos cambios puesto que aún se está negociando con las organizaciones de autónomos la reforma de la ley de la RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos).


Para más información sobre el nuevo reglamento de cotización para trabajadores por cuenta propia, no dudes en ponerte en contacto con cualquiera de nuestros despachos. Nuestro equipo de expertos resolverá todas tus dudas y te asesorará debidamente.

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