Prestaciones por cese en la actividad de los autónomos

El Real Decreto Ley 2/2021 de 26 de enero regula una serie de prestaciones para aquellos autónomos que se hubieran visto afectados por la suspensión temporal de toda actividad como consecuencia de la resolución de la autoridad tendente a la contención de la propagación de la Covid 19, y en este sentido contempla la ampliación de la prestación extraordinaria por cese de actividad de aquellos que la hubieran estado percibiendo hasta el pasado mes de enero, esta ampliación perdurará hasta el momento en el que se levante la medida, o en su caso hasta el mes de mayo.

Igualmente establece otra serie de prestaciones entre las que destaca, la que pueden solicitar aquellos autónomos titulares de explotaciones económicas o societarios que estimen que sus ingresos en el primer semestre del año en curso se van a ver reducidos en más del 50 % con relación a los obtenidos en el segundo semestre del año 2.019, y siempre que, además, los rendimientos netos de ese primer semestre del año 2021 no superen los 7.980 euros.  La prestación a recibir en estos casos consistiría en una cuantía mensual durante cuatro meses (febrero a mayo inclusive) equivalente al 70 % de la base de cotización además del cobro de la mayor parte del recibo de autónomos (cotización por contingencias comunes), que previamente haya sido abonad

El plazo para solicitar las prestaciones por cese de actividad para autónomos finaliza el día 21 de febrero.

 

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