Subvención ADER: Apoyo a la solvencia y reducción del endeudamiento del sector privado de La Rioja

El Gobierno de La Rioja ha publicado nuevas subvenciones para aquellas empresas o autónomos que hayan visto reducidas sus ventas o que hayan iniciado la actividad y presenten deudas pendientes. A continuación, os dejamos un breve resumen que han elaborado nuestros compañeros de Logroño, BK SEAIN ETL Global.

Beneficiarios

1. Por una parte, para aquellos que hayan sufrido una reducción de sus ventas en 2020 de más del 30% respecto a las del anterior año 2019.

2. Por otra parte, para:

a) Empresas creadas entre el 1 de enero de 2019 y el 31 de marzo de 2020,

b) Empresas que hayan realizado una modificación estructural de la sociedad mercantil entre el 1 de enero de 2019 y el 31 de diciembre de 2020,

c) Empresarios o profesionales y empresas que hayan estado de alta durante un tiempo inferior al año en el ejercicio 2019 o en el ejercicio 2020

La regulación nacional publicada en marzo limitaba las solicitudes al desarrollo de la actividad en algunos códigos CNAE concretos. La convocatoria actual ha eliminado la limitación de códigos CNAE que sólo se mantiene en la práctica para las entidades financieras y aseguradoras.

Destino de la ayuda

Las ayudas a recibir deberán dedicarse obligatoriamente al pago, entre hoy día 17 de junio y un plazo de 3 meses tras la concesión, de deudas pendientes con proveedores y otros acreedores, financieros y no financieros cuyas facturas tengan fecha entre el 1 de marzo de 2020 y el 31 de mayo de 2021 y procedan de contratos anteriores al día 13 de marzo de 2021. Las deudas deben pagarse por orden de antigüedad:

a) En primer lugar, se realizarán los pagos a proveedores, por orden de antigüedad (fechas emisión facturas)

b) Y, si procede, se reducirá el nominal de la deuda bancaria, primando la reducción del nominal de la deuda con aval público (préstamos ICO). El destino de los pagos podrá ser la amortización del principal de deuda bancaria (no intereses), de operaciones formalizadas entre el 1 de marzo de 2020 y el 12 de marzo de 2021

Estas deudas y/o préstamos se reflejarán en la correspondiente solicitud de subvención. Si las empresas no tuvieran deudas ni préstamos en vigor con los condicionantes establecidos en los párrafos anteriores no tendrán derecho a la subvención.

Requisitos para acceder a la subvención

  1. Si la empresa tiene una facturación inferior a diez millones de euros, deberá tener el domicilio fiscal en La Rioja.
  2. La empresa deberá mantener la actividad hasta el 30 de junio de 2022.
  3. La empresa no podrá repartir dividendos en 2021 y 2022 y no podrá incrementar el salario de retribuciones de alta dirección durante dos años.
  4. Encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, así como por devolución de subvenciones.
  5. Valores positivos en 2019:
    • Para sociedades: la base imponible del Impuesto sobre Sociedades antes de la aplicación de la reserva de capitalización y compensación de bases imponibles negativas
    • Para autónomos: el resultado neto de actividades económicas en el IRPF

Cuantía 

  1. Empresas en estimación objetiva (módulos) = 3.000 €
  2. Empresas creadas entre el 1 de enero de 2019 y el 31 de marzo de 2020, la cuantía máxima será de 3.000 o de 4.000 euros en función de si la empresa está en estimación objetiva o en estimación directa.
  3. Resto de solicitantes: A partir de 4.000 €, en función de:
    • Las deudas que se comuniquen en la solitud y se justifiquen.
    • El número de trabajadores.
    • El importe de caída de las ventas respecto al año 2019.

Existe una fórmula de cálculo que premia el reparto del presupuesto total entre todos los solicitantes para aumentar proporcionalmente el importe respecto del mínimo de 4.000 €. Es previsible que el importe de las ayudas esté más cerca del indicado mínimo de 4.000 € que del teórico máximo posible de 200.000 €

Plazo de solicitud

Del viernes día 18 de junio a las 9:00 horas al viernes día 2 de julio a las 14:00 horas.

 


Accede AQUÍ para más información.

Para cualquier duda, tramitación o gestión de estas subvenciones de apoyo a la solvencia y reducción del endeudamiento del sector privado de La Rioja, no dudes en ponerte en contacto con nosotros. Nuestro equipo de expertos resolverá todas tus dudas y te asesorará debidamente.

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