Subvenciones destinadas a la digitalización del sector comercial en Castilla y León

Convocadas para 2022 por la Consejería de Industria, Comercio y Empleo, en régimen de concurrencia no competitiva, las Subvenciones destinadas a la digitalización y financiación de inversiones en el marco del componente 13 “impulso a la pyme”, inversión 4 “apoyo al comercio”, programa de modernización del comercio: fondo tecnológico, del plan de recuperación, transformación y resiliencia.

OBJETO 

Apoyar la competitividad y modernización, a través de la transformación digital y sostenible de las pequeñas y medianas empresas de comercio local de Castilla y León mediante dos líneas de ayuda:

  • Línea destinada a las pequeñas y medianas empresas del sector comercial, que tengan la consideración de PYME.
  • Línea destinada a las asociaciones sin ánimo de lucro del sector comercial.

BENEFICIARIOS

  • Línea uno: Personas físicas y jurídicas, comunidades de bienes y otras entidades carentes de personalidad jurídica, legalmente constituidas y con ánimo de lucro.
  • Línea dos: Asociaciones sin ánimo de lucro legalmente constituidas y entidades asociativas o federaciones y confederaciones que las mismas constituyan.

REQUISITOS

  • Inversiones realizadas entre el 1 de enero de 2022 hasta el 14 de febrero de 2023.
  • Presupuesto mínimo de 5000 €.

Para la línea destinada a las pequeñas y medianas empresas del sector comercial:

  • Tener la condición de pyme y estar ubicado en Castilla y León.
  • Desarrollar su actividad comercial de acuerdo con lo dispuesto en el texto refundido de la Ley de Comercio de Castilla y León.
  • La actividad principal deberá corresponder con alguna de las actividades incluidas en los códigos 45, 46 y 47 de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009), quedando excluidos:
    • Grupo 47.8.– Comercio al por menor en puestos de venta y mercadillos.
    • Grupo 47.9.– Comercio al por menor no realizado ni en establecimientos, ni en puestos de venta ni mercadillos.
  • Cuando en un mismo establecimiento comercial se ejerzan distintas actividades, solo será subvencionable el proyecto o proyectos si la actividad principal en volumen de negocio desarrollada en el mismo se corresponde con alguna de las incluidas en los códigos 45, 46 y 47, con exclusión de las anteriores.
  • Si el proyecto, o proyectos, para el que se solicita la subvención se ejecuta o afecta a varios establecimientos comerciales de los que sea titular la empresa solicitante, y dicho proyecto o proyectos incluye gastos que no pueden ser individualizados para cada uno de los establecimientos, dichos gastos se vincularán únicamente a la solicitud presentada para uno de los establecimientos.

Para la línea destinada a las asociaciones sin ánimo de lucro:

  • Tener el domicilio social en Castilla y León (debiendo constar así en sus estatutos)
  • Su finalidad sea la defensa de los intereses del sector comercial, es decir, que recojan expresamente entre sus fines estatutarios y programas de actuación la defensa de los intereses del sector comercial y la realización de actividades que contribuyan a la dinamización y fomento de la actividad comercial, quedando exceptuadas aquellas cuyo número mayoritario de socios tenga por actividad principal alguna de las incluidas en los grupos de la CNAE 2009, 47.8 y 47.9.

PROYECTOS SUBVENCIONABLES

Línea de ayudas destinadas a pequeñas y medianas empresas del sector comercial:

  • Gastos dirigidos a la transformación digital.
  • Gastos referidos a transformación del punto de venta.
  • Gastos relativos a sostenibilidad y economía circular.
  • Gastos relativos a la cadena de suministros y trazabilidad.

Línea de ayudas destinadas a asociaciones sin ánimo de lucro del sector comercial:

  • Gastos dirigidos a la transformación digital del colectivo asociados.
  • Gastos referidos a transformación del punto de venta de forma colectiva.
  • Gastos relativos a sostenibilidad y economía circular.
  • Gastos relativos a la cadena de suministros y trazabilidad.
  • Gastos de sensibilización y formación.

OBLIGACIONES BENEFICIARIOS

  • Cumplir los objetivos, ejecutar los proyectos o realizar las actividades que fundamentan la concesión de la subvención.
  • Justificar ante el órgano concedente el cumplimiento de los requisitos y condiciones y la realización de la actividad.
  • Someterse a las actuaciones de comprobación necesarias.
  • Comunicar al órgano concedente la obtención de otras subvenciones.
  • Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  • Disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente auditados.
  • Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos.
  • No causar perjuicio significativo al medio ambiente.
  • Cumplir con las obligaciones en materia de información y publicidad.

CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN

La cuantía de la subvención será por cada empresa o por cada asociación del sector comercial solicitante, del 100% del presupuesto subvencionable, con un máximo de 200.000 euros por solicitante.

PLAZO DE PRESENTACIÓN

Hasta el 31 de enero de 2023.


Para más información sobre las Subvenciones destinadas a la financiación de inversiones en el marco del componente 13 «Impulso a la pyme», Inversión 4 «Apoyo al comercio», programa de modernización del comercio: fondo tecnológico, no dudes en ponerte en contacto con cualquiera de nuestros despachos o en nuestro email subvencionescyl@bketl.es. Nuestro equipo de expertos resolverá todas tus dudas y te asesorará debidamente.

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