¿Tu empresa industrial está pensando en digitalizar sus procesos o dar el salto a la Industria 4.0?
Se ha abierto una nueva convocatoria de subvenciones para proyectos de digitalización industrial en Castilla y León, una oportunidad clave para mejorar la competitividad y productividad
OBJETO
Promover la realización de proyectos de Industria 4.0 o Digitalización Industrial que apliquen tecnologías dentro del ámbito de la fabricación avanzada en empresas industriales en la Comunidad de Castilla y León.
Se pretende mejorar la productividad y competitividad de las industrias de Castilla y León y la transformación digital en sus procesos, productos o modelos de negocio, incentivando la contratación de servicios avanzados de asesoramiento y asistencia técnica, y las inversiones en maquinaria y/o equipamiento avanzado (hardware y software) en esta materia.
BENEFICIARIOS
Empresas industriales de cualquier tamaño (PYME o gran empresa), que estén válidamente constituidas, cuenten con algún centro de trabajo en Castilla y León y cumplan los requisitos.
REQUISITOS
- Haber presentado con anterioridad a la presentación de la solicitud de subvención, una comunicación de inicio de actividad ante el órgano competente en materia de industria de la Administración Pública de Castilla y León, o declaración responsable o solicitud de autorización de actividad, y cumpla los requisitos necesarios para su inclusión en la división A) del Registro Industrial de Castilla y León.
- Tener más de dos años de antigüedad previa a la publicación de la convocatoria.
- No tener la consideración de empresa en crisis.
- No encontrarse sujeto a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado interior.
- Cumplir con la cuota reservada de puestos de trabajo para personas con discapacidad.
- Cumplir con la obligación de contar con un plan de igualdad.
- Mantener en servicio aquellos elementos perdurables objeto de la subvención al menos dos años desde la fecha de instalación.
- Los proyectos deberán alcanzar la valoración mínima establecida en la convocatoria.
- Que el proyecto sea completo, es decir que, aunque ampliable y mejorable en un futuro, sea ya totalmente suficiente para su aplicación.
Las condiciones deberán mantenerse desde el momento de la presentación de la solicitud, hasta la completa ejecución del proyecto y su total justificación.
No serán subvencionables:
- Los proyectos cuya ejecución se haya iniciado con anterioridad a la fecha de presentación de solicitud.
- Los servicios prestados a las industrias que constituyan una actividad permanente o periódica y que estén relacionados con los gastos de funcionamiento normales de la industria.
PROYECTOS SUBVENCIONABLES
- Proyectos de Fabricación Avanzada, con maquinaria y/o equipamiento avanzado (hardware y software) que incorporen técnicas de Big Data y Analítica avanzada, permitiendo el procesamiento, análisis y visualización de «grandes volúmenes de datos» provenientes de diversas fuentes dentro de los entornos industriales, con el objetivo de identificar (Business Intelligence, Data Mining…) o incluso predecir patrones de comportamiento que afectan a diferentes áreas y procesos dentro de estas empresas (OEE, mejora continua, etc.), facilitando de esta manera la toma de decisiones y contribuyendo a una mejora de su competitividad.
- Proyectos de Fabricación Aditiva, que promuevan la producción/fabricación de manera flexible y a través de diversos tipos de materiales (desde plásticos hasta metales) de nuevas piezas y formas geométricas personalizadas, con el objetivo de satisfacer las necesidades de un sector o una empresa industrial específica.
- Proyectos de Robótica Avanzada y Colaborativa, que incorporen robots conectados que colaboren en tiempo real con los trabajadores, otros robots e incluso máquinas, mejorando de esta manera los procesos e incrementando la productividad dentro de la planta.
- Proyectos de IIoT (Industrial Internet of Things), que permitan sensorizar y garantizar la conectividad a internet de todo tipo de dispositivos y maquinaría dentro de la fábrica, con el fin de poder recoger, monitorizar e intercambiar información en tiempo real, permitiendo controlar, automatizar, mantener y multiplicar en gran medida las posibilidades de uso y seguimiento de los dispositivos o maquinaría conectada.
- Proyectos de Inteligencia Artificial dirigidos al entorno industrial, donde máquinas y/o el equipamiento en planta sean capaces de aprender y tomar decisiones de manera autónoma. La incorporación de técnicas de Machine Learning o Deep Learning a este tipo de proyectos podrá permitir entre otras cosas predecir comportamientos o situaciones relevantes desde el punto de vista productivo de la planta (Ej.: mantenimiento predictivo de las máquinas), detectar objetos, identificar imágenes, o incluso reconocer instrucciones, permitiendo automatizar y ampliar el conocimiento acerca de todos los activos y procesos en planta, ayudando así en la toma de decisiones de una determinada empresa.
- Proyectos de Sistemas ciber-físicos que incorporen componentes, objetos físicos o maquinaría en planta dotados de capacidades de computación y conectividad avanzadas, convirtiéndolos en objetos inteligentes dentro de la cadena de valor de una determinada empresa.
- Proyectos de Realidad Virtual, que permitan la recreación de situaciones reales en mundos simulados o ambientes virtuales.
- Proyectos de Realidad Aumentada y asistencia remota, que incorporen tecnologías que permitan que un usuario visualice parte de mundo real a través de un dispositivo tecnológico con información gráfica superpuesta, y contenidos (manuales, datos, etc.), en base a procedimientos o indicadores sobre los que se actúa. De esta manera, la información real o física será aumentada con información virtual adicional.
- Proyectos de Gemelos Digitales (Digital Twins), que generen una réplica virtual de un objeto o sistema que simula el comportamiento de su homólogo real con el fin de monitorizarlo para analizar su comportamiento en determinadas situaciones y mejorar su eficacia conectando de manera bidireccional el entorno físico y el digital a partir de la simulación y la realimentación de datos. Entre otras ventajas, permite que desarrollar y testar los productos sea más barato y más eficaz que hacerlo con un producto físico. Además, permite crear infinitas copias del modelo virtual y testearlo bajo multitud de escenarios.
No se admitirán como actuaciones subvencionables aquellos productos o servicios que formen parte del propio catálogo de productos/servicios de la entidad.
REQUISITOS DE LOS PROYECTOS
- Que sea técnica, económica y financieramente viable.
- Que el plazo de ejecución de los proyectos subvencionados, así como los plazos sean cumplidos.
- No serán subvencionables los proyectos cuya ejecución se haya iniciado con anterioridad a la presentación de la solicitud.
- Que el proyecto sea completo, aunque ampliable y mejorable en un futuro, sea suficiente para su aplicación.
- Que se realice, previamente al desarrollo del proyecto, un Plan estratégico de Industria 4.0 o Digitalización Industrial, o un estudio de Viabilidad del Proyecto.
El periodo subvencionable será el comprendido entre el día siguiente a la presentación de la solicitud de subvención hasta el 1 de julio de 2027, incluido.
GASTOS SUBVENCIONABLES
- Inversiones en activos inmateriales y/o materiales que hagan referencia a la adquisición de maquinaria y/o equipamiento avanzado (hardware y software), u otro equipamiento que sea necesario para el funcionamiento de la maquinaria y/o equipamiento avanzado.
- Colaboraciones externas necesarias para el diagnóstico e implantación del proyecto de Industria 4.0, prestadas por empresas o entidades que acrediten su experiencia en la materia.
En el caso de que puedan existir operaciones con personas o entidades vinculadas al beneficiario, (artículo 68 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre) sólo se podrán considerar admisibles aquellas operaciones, tanto en activos materiales e inmateriales como en colaboraciones externas, que se realicen de acuerdo con las condiciones normales de mercado y que cuenten con autorización previa del órgano concedente.
Se acreditará mediante la presentación de tres ofertas, de las que, al menos dos, sean de personas o entidades no vinculadas. La elección del presupuesto elegido se realizará en base a la mejor oferta económica.
No serán subvencionables:
- Los servicios prestados a las industrias que constituyan una actividad permanente o periódica y que estén relacionados con los gastos de funcionamiento normales de la industria.
- Los impuestos indirectos ni los impuestos personales sobre la renta de las personas físicas.
- Los trabajos realizados por el propio solicitante, los gastos de desplazamiento del consultor, la elaboración de materiales didácticos y el alquiler de salas, dietas y similares. Estos gastos deberán figurar de forma separada en el concepto de las facturas.
LÍMITES E INCOMPATIBILIDADES
Las subvenciones reguladas en la presente orden serán incompatibles con cualesquiera otras ayudas públicas para la misma actuación subvencionada.
El importe de las ayudas sujetas al Reglamento de mínimis, concedidas a una “única empresa”, no excederá de 300.000 euros, a lo largo de un período de 3 años.
CRITERIOS DE VALORACIÓN
- Calidad técnica de las actuaciones propuestas e innovación tecnológica en el ámbito de la propia empresa. (de 0 a 30 puntos).
- Grado de innovación tecnológica en el ámbito de la propia empresa (de 0 a 10 puntos).
- Tipología de tecnologías avanzadas implementadas (de 0 a 5 puntos). Se valorarán con cinco puntos los proyectos íntegros de inteligencia artificial.
- Calidad técnica del equipo de trabajo y colaboración externa (de 0 a 5 puntos).
- Adecuación de los medios técnicos al proyecto propuesto (de 0 a 5 puntos).
- Claridad y coherencia de un estudio de mercado (de 0 a 5 puntos).
- Impacto económico del proyecto en la industria. (de 0 a 20 puntos). La rentabilidad y resultados esperados del proyecto para la industria.
- Grado de elaboración, coherencia, detalle y claridad del plan de trabajo (de 0 a 30 puntos).
- Claridad y detalle de un cronograma en el que se delimiten los plazos de ejecución del proyecto, el desglose de actividades y las tareas (de 0 a 4 puntos).
- Claridad, coherencia y sencillez del estudio presentado (de 0 a 6 puntos).
- Adecuación del presupuesto al objetivo perseguido (de 0 a 6 puntos).
- Adecuación del presupuesto a la capacidad económica de la industria (de 0 a 4 puntos)
- La localización territorial del proyecto (10 puntos).
- Tamaño de la industria (de 0 a 10 puntos). Empresas con consideración de PYME.
- Integración laboral de personas con discapacidad (3 puntos).
- Estabilidad de los trabajadores (3 puntos).
- Porcentaje de trabajadores con contrato indefinido superior al 30% de la plantilla.
- Políticas de conciliación (2 puntos).
- Empleo de determinados colectivos residentes en Castilla y León (2 puntos).
- Personas con discapacidad con especiales dificultades de empleabilidad.
- Parados de larga duración mayores de 45 años.
CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN
- El porcentaje de subvención concedido será el 65% de los costes considerados subvencionables, por todos los conceptos. Se incrementará en un 10% adicional, lo que supondría un 75% de los costes considerados subvencionables, para aquellos proyectos que se ejecuten en un centro de trabajo ubicado en alguna de las zonas con Programas Territoriales de Fomento vigentes en la fecha de publicación de la presente convocatoria.
- La cuantía subvencionable imputable a las colaboraciones externas no podrá exceder del 25% del total de la subvención concedida no siendo, por lo tanto, admisibles aquellos proyectos que únicamente cuenten con colaboraciones externas.
Límite máximo de subvención por solicitud y proyecto de 150.000€. Límite mínimo de subvención por proyecto de 30.000€.
PLAZO DE PRESENTACIÓN
Desde el 25 de abril de 2026 hasta el 25 de mayo de 2026.
Si estás valorando presentar un proyecto, nuestro equipo puede ayudarte a analizar, preparar y gestionar la solicitud.
