Tributación de los Premios de la Lotería de Navidad en España

Con la llegada del esperado sorteo de la Lotería de Navidad el próximo 22 de diciembre, surge la interrogante sobre la tributación de los premios de lotería de Navidad en España. Es esencial recordar las implicaciones fiscales que rodean a los premios ganados. Desde el año 2013, ciertos premios de loterías dejaron de estar exentos de tributación en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). La Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018 también introdujo cambios en los importes exentos, aplicables desde el año 2018 y siguientes.

Tributación de los Premios de la Lotería de Navidad en España

Exención de Tributación hasta 40,000 Euros

Desde 2020, los premios de lotería están exentos de retención hasta los 40.000€, lo que significa que no pagarás impuestos si tu premio es igual o inferior a esta cantidad. Esta regla aplica a cada premio individual en sorteos de entidades como Loterías del Estado, la ONCE, la Cruz Roja, y las loterías autonómicas. Para premios superiores, se aplica un 20% de impuestos sobre el excedente.

Retención del 20% sobre el Excedente de 40,000 Euros

Para premios superiores a 40,000 euros, Hacienda aplica una retención del 20% sobre la cantidad que excede esta cifra. Por ejemplo, si ganas el premio Gordo de 400,000 euros y llevas un décimo, los primeros 40,000 euros están libres de impuestos, pero de los 360,000 euros restantes, Hacienda retiene el 20%, resultando en un pago de 72,000 euros y un ingreso neto de 328,000 euros.

¿Qué sucede si resulto ganador de más de un premio?

Si en un mismo sorteo resultas ganador de varios premios que superan los 40.000€, deberás abonar el 20% en impuestos sobre la totalidad de mis ganancias. Sin embargo, ¿cómo afecta esto si los premios individuales son inferiores a 40.000€?

Imaginemos una situación en la que, compras dos décimos con el mismo número y ganas un premio de 30.000€ cada uno. En un primer momento, podría pensarse que al ser los premios individuales inferiores al límite exento, no sería necesario abonar impuestos. Sin embargo, no es así. El monto total de los premios de lotería ascendería a 60.000€, y sobre esa suma es que se aplica la tributación, no sobre los premios individualmente considerados. En este escenario, tendrías que hacer frente al 20% de los 20.000€ que no están exentos, lo que se traduce en un pago de 4.000€ a Hacienda por los dos premios. Esto implica que, aunque los premios por separado no alcancen los 40.000€, como individuo estarás sujeto al pago de impuestos de lotería sobre el total de tus ganancias.

Es decir, si un décimo tiene varios premios de la Lotería de Navidad, se aplica la exención de 40,000 euros a cada premio individual. La retención solo se aplica a los premios que excedan esta cantidad, permitiendo que los premios más modestos estén libres de impuestos.

¿Qué sucede si compartes un décimo premiado en la lotería?

En este caso, podréis disfrutar del premio de manera compartida, pero los impuestos de lotería deberán abonarse de manera proporcional entre los participantes. Cada ganador de un premio compartido contribuirá con su parte correspondiente.

No obstante, se aplicará la misma regla que en los escenarios anteriores. Supongamos que el premio asciende a 80.000€ y habéis jugado en conjunto, podréis restar los 40.000€ exentos de impuestos de vuestro premio total, y el impuesto se aplicará sobre los 40.000€ restantes de manera proporcional.

Por ejemplo: ganáis 80.000€ en conjunto, de los cuales la mitad está exenta de impuestos. Así, ya tenéis 40.000€ libres de impuestos, lo que equivale a 20.000€ para cada uno. Ahora bien, de los 40.000€ restantes que no están exentos de tributación, os corresponden 20.000€ a cada uno, y debéis abonar el 20% en impuestos, es decir, 8.000€ de impuestos. Por tanto, Hacienda se lleva 4.000€ de cada uno. En total, os quedáis con 16.000€, que sumados a los 20.000€ previos, resultan en 36.000€ netos para cada uno.

Procedimiento de Tributación de los premios de la Lotería de Navidad

La tributación de los premios de la Lotería de Navidad se realiza a través del modelo 136, presentado directamente por el banco al ganador al momento de cobrar el premio. Es importante destacar que no hay posibilidad de evitar el pago a Hacienda, ya que la retención del 20% se incluye en el importe pagado por el banco.

¿Debo indicar en la Declaración de la Renta si he sido premiado por la lotería?

Al haber tributado previamente mediante el modelo 136, no es necesario indicar nada específico sobre el premio de la Lotería de Navidad en la Declaración de la Renta (modelo 100). Sin embargo, en casos donde el premio se mantiene en cuenta, este importe cuenta como saldo a efectos del impuesto de patrimonio. Aunque el mínimo exento en dicho tributo es alto, puede aplicarse en algunas comunidades autónomas, evitando el pago en muchos casos.


La tributación de los premios de la Lotería de Navidad en España es un aspecto clave que los ganadores deben tener en cuenta para una gestión financiera efectiva. Ante la complejidad de las normativas fiscales, contar con el asesoramiento de profesionales especializados en asesoría fiscal y contable se vuelve fundamental.

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