Últimos días para realizar la Declaración de la Renta 2021

La presentación de la Declaración de la Renta 2021 es un trámite muy importante que no debemos olvidar si queremos evitar sanciones.

El plazo para presentar el ejercicio de la renta se extiende hasta este mes de junio por lo que, si aún tienes pendiente realizar el trámite, te dejamos la información relevante que debes tener en cuenta.

Plazo de presentación de la Renta 2021

El plazo para presentar la Declaración de la Renta 2021 dio comienzo el pasado 6 de abril de 2022, fecha a partir de la cual se podía presentar a través de internet.

El próximo 30 de junio de 2022 finalizará dicho plazo, sin embargo, si el resultado del ejercicio te sale a ingresar y quieres realizarlo mediante domiciliación bancaria, el plazo de presentación terminará el 27 de junio de 2022.

Fechas a tener en cuenta 

Calendario Renta 2021

  • 6 de abril: Comienza el plazo para entregar vía internet las Declaraciones de la Renta correspondientes al ejercicio 2021
  • 3 de mayo: Cita previa para realizar la Renta vía telefónica
  • 5 de mayo: Empieza el plazo para realizar la Renta vía telefónica
  • 26 de mayo: Comienza el plazo para pedir cita previa para realizar la Declaración de la Renta de manera presencial
  • 1 de junio: Se abre el plazo para hacer la Declaración en las oficinas de la Agencia Tributaria
  • 27 de junio: Acaba el plazo para presentar Declaraciones de manera online si el resultado es a ingresar con domiciliación en cuenta
  • 29 de junio: Último día para pedir cita previa con el fin de realizar la Renta de manera telefónica 
  • 30 de junio: Finaliza el plazo para presentar la Declaración de la Renta

Sanciones por presentación fuera de plazo

Es importante que tenga estas fechas en cuenta, de no ser así, podría exponerse a sanciones que supondrían los siguientes recargos sobre el importe a pagar:

  • 5% los 3 primeros meses.
  • 10% entre los 3 y los 6 meses.
  • 15% entre los 6 y los 12 meses.
  • 20% a partir de los 12 meses.

Cómo presentar tu Declaración de la renta 2021

Cualquier contribuyente podrá obtener el borrador de declaración del IRPF y los datos fiscales a través del Servicio de tramitación del borrador / declaración (RentaWEB), por medio de:

  • Cetificado electrónico
  • Sistema cl@ve Pin
  • Nº de referencia, cumplimentando los siguientes datos:
    • Número del DNI o NIE y fecha de validez o de expedición si es permanente.
    • Importe de la casilla 505 de la Renta 2020
    • Código Internacional de Cuenta Bancaria Española (IBAN) en el que figure el contribuyente como titular, en el caso de no presentarse la Renta 2020. (últimos 5 números de una cuenta bancaria donde esté de titular)

Presentación de la Renta del ejercicio 2021

La Declaración de la Renta se puede presentar de forma electrónica por Internet, utilizando alguno de los siguientes sistemas de identificación: certificado electrónico reconocido, número de referencia o sistema Cl@ve PIN. En declaraciones conjuntas será necesario, además, comunicar el NIF. así como el número de referencia o Cl@ve PIN del cónyuge.

Igualmente, se puede presentar a través de la confirmación del borrador de declaración. En este caso, se podrá realizar por Internet, en la sede electrónica de la AEAT, a través de la aplicación para dispositivos móviles, o bien, por teléfono y en las oficinas, previa solicitud de cita.

Para este último caso, se podrán presentar las declaraciones negativas y con resultado a ingresar, siempre y cuando el contribuyente procediese a la domiciliación del ingreso resultante, o del primer plazo, si se trata de declaraciones de pago fraccionado.

De igual manera, existen diferentes opciones para presentar la Declaración:

  • Presentación por Internet: el plazo inició el 6 de abril de 2022, para realizarla se puede hacer a través de Renta WEB, contando con el DNI electrónico, Cl@ve digital, certificado digital o número de referencia.
  • Presentación telefónica: se puede realizar desde el pasado 5 de mayo de 2022 solicitando cita a través de la web o de los teléfonos de contacto.
  • Presentación de forma presencial: se encuentra disponible desde el 1 de junio, para esto es posible pedir cita previa a través de la web, la app de la Agencia Tributaria o también, a través de los teléfonos de cita previa.

Cuándo hay obligación de declarar en la Renta 2021

Renta están obligados:

1. Rendimientos de trabajo superior a 22.000€ brutos anuales (en declaración separada o conjunta), este límite se reduce a 14.000€ brutos anuales, en caso de percibir rendimientos de trabajo de más de un pagador (salvo si la suma de las cantidades percibidas del segundo y restantes pagadores no superan en su conjunto 1.500€), o son pensiones compensatorias recibidas del cónyuge o anualidades por alimentos no exentas y también, cuando el pagador no está obligado.

2. Rendimientos del capital mobiliario y ganancias patrimoniales sujetas a retención, superiores a 1.600€ anuales, sin aplicar gastos deducibles, reducciones o pérdidas.

3. Rentas inmobiliarias imputadas y rendimientos íntegros de capital mobiliario no sujetos a retención derivados de letras del tesoro y subvenciones para la adquisición de viviendas de protección oficial con el límite conjunto de 1.000€ brutos anuales.

4. Los que obtengan pérdidas patrimoniales menores a 500€

5. Los que obtengan un ingreso mínimo vital.

6. Aquellos contribuyentes que quieran beneficiarse de:

    • Deducción por inversión en vivienda habitual
    • Deducción por doble imposición internacional
    • Reducciones en la base imponible por aportaciones a sistemas de previsión social
    • Reducciones por aportaciones a patrimonios protegidos de personas con discapacidad

Patrimonio están obligados:

Cuando resulte a ingresar porque el valor de sus bienes y derechos minorados en sus deudas supere el mínimo exento de 700.000€, o cuando sus bienes y derechos superen los 2.000.000€

Claves para la Declaración de la Renta de los autónomos

Es importante que tengas todos estos puntos en cuenta a la hora de presentar tu Declaración:

  • Lleva bien revisados tus datos fiscales, especialmente las declaraciones trimestrales y resúmenes anuales del año 2021.
  • Prepara toda la documentación: borrador de la declaración, DNI, autorización del cónyuge si se trata de una declaración conjunta y contrato del alquiles o referencia catastral de vivienda.
  • Revisa tus gastos deducibles, si eres autónomo, algunos de tus gastos pueden desgravar fiscalmente.
  • ¿Qué debo declarar si soy autónomo? Debes declarar todos los beneficios obtenidos a partir del ejercicio de la actividad, además de las ayudas y subvenciones que hayas recibido. En caso de haber realizado la compra o venta de algún local, también deberá ser declarado.
  • Aprovéchate de los recursos online, la Agencia Tributaria pone a disposición de los contribuyentes la posibilidad de realizar la Declaración de la Renta a través de su web, donde puedes solicitar, modificar y confirmar tu borrador. Además, también existe Renta Web Open dónde puedes hacer una estimación del resultado de tu declaración.

 


Para conocer todas las novedades que incluye la campaña de Renta y Patrimonio 2021, te dejamos a continuación con un pequeño vídeo que hemos preparado:

 


Para más información sobre la Declaración de la Renta 2021, no dudes en ponerte en contacto con cualquiera de nuestros despachos. Nuestro equipo de expertos resolverá todas tus dudas y te asesorará debidamente.

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