Subvención para la modernización de instalaciones o maquinaria en empresas ubicadas en polígonos industriales

Normativa de la nueva Subvención para la modernización de instalaciones o maquinaria en empresas ubicadas en polígonos industriales de la Diputación Foral de Bizkaia.

Entidades beneficiarias

Podrán acceder a las subvenciones reguladas en este título, los empresarios y empresarias individuales y empresas con personalidad jurídica propia que cumplan los siguientes requisitos:

a) Tener su domicilio social y fiscal en el Territorio Histórico de Bizkaia.

b) Estar ubicadas en alguno de los polígonos establecidos en el Anexo I.

c) Tener la propiedad o estar en régimen de alquiler y estar al corriente respecto de sus obligaciones económicas contraídas con la arrendadora.

d) Estar al corriente de sus obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social y por reintegro de subvenciones.

e) Estar en situación de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos O BIEN estar dadas de alta en el epígrafe correspondiente del Impuesto de Actividades Económicas, así como inscritas en el Registro Mercantil.

f) No encontrarse incursa en ninguna de las circunstancias que establece el artículo 42 de la Norma Foral 4/2018 sobre igualdad de mujeres y hombres.

g) No ser entidades cuyos fines u objetivos, sistema de admisión o acceso, funcionamiento, trayectoria, actuación, organización o estatutos sean contrarios al principio de igualdad de mujeres y hombres.

h) Cumplir las obligaciones establecidas en el Título III de la Ley 4/2005 para la Igualdad de Mujeres y Hombres, o en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres o en la Norma Foral 4/2018.

i) No encontrarse incursas en ninguna de las circunstancias que establece el art. 12 de la Norma foral de Subvenciones, cuya acreditación se realizará mediante declaración contenida en la solicitud.

j) Tener una plantilla media en los 6 meses anteriores a la presentación de la solicitud inferior a 16 personas. Se considerará perteneciente a la plantilla el personal autónomo adscrito a la actividad de la empresa que, por su condición, no puede estar dado de alta en el Régimen General de la Seguridad Social.

k) Haber tenido durante el último ejercicio fiscal un volumen de negocio inferior a 3.000.000 de euros.

l) Haber tenido durante el último ejercicio fiscal un balance general inferior a 3.000.000 de euros.

m) No haber recibido subvención por el mismo programa en el ejercicio anterior.

n) Haber iniciado la actividad (alta en IAE) al menos dos años antes a la presentación de la solicitud.

Importe de la subvención

El importe de la subvención será de hasta un 25% de la inversión subvencionable aprobada por el órgano instructor. El importe máximo de subvención por entidad beneficiaria será de 5.000 euros.

En el supuesto de que la entidad beneficiaria esté radicada en un municipio incluido en los Planes Estratégicos Comarcales mencionados en la Exposición de Motivos de este Decreto, la subvención será de hasta un 35%. El importe máximo de subvención por entidad beneficiaria será de 6.000 euros.

Presentación de solicitudes

La solicitud se presentará por Internet, a través de la oficina virtual del Departamento de Promoción Económica Trámites.

El plazo de presentación de solicitudes será hasta las 13:30 horas del 28 de mayo de 2021

 


Accede AQUÍ a la información completa.

Para cualquier duda, cuestión, o gestión de la subvención para la modernización de instalaciones o maquinaria en empresas ubicadas en polígonos industriales de la Diputación Foral de Bizkaia, no dudes en ponerse en contacto a través del email: s.maldonado@bketl.es o bien a través del tfno. 945 155 139. Nuestro equipo de expertos resolverá todas tus dudas y te asesorará debidamente.

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