Gestión y control de los procesos de incapacidad temporal

Real Decreto 1060/2022. Un nuevo sistema de gestión y control de los procesos de incapacidad temporal en los primeros 365 días de su duración

Con este Real Decreto se introducen cambios en la gestión y control de los procesos de incapacidad temporal durante los primeros 365 días de duración, modificando el actual Real Decreto 625/2014.

Se pretende, con esta modificación, agilizar los trámites en la gestión de la incapacidad temporal.

Novedades en el sistema de gestión y control de los procesos de incapacidad temporal

La principal novedad introducida por este Real Decreto es que, a partir de su entrada en vigor, el facultativo solo entregará una copia del parte médico a la persona trabajadora, eliminando la copia para la empresa, evitando así que sea necesario entregarlo a la empresa, entidad gestora o mutua. Será el INSS el que informe de la situación a las empresas, mediante un sistema telemático de información. Estos datos serán remitidos en el primer día hábil siguiente al de la emisión del parte correspondiente.

Desde los Departamentos de Personal se dispondrá de un máximo de 3 días hábiles para remitir los datos requeridos por Orden Ministerial al Instituto Nacional de la Seguridad Social a través del Sistema RED.

Otras modificaciones introducidas por el Real Decreto 1060/2022, son:

  • El facultativo podrá fijar las revisiones médicas, dependiendo de la duración del proceso, en un periodo inferior al indicado para cada caso.

Entrada en vigor de la normativa

La norma entrará en vigor el próximo 1 de abril de 2023, y se aplicará a todos los procesos que a esa fecha se encuentren en curso.

Acceso a la norma completa: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2023-160

María Álvarez Loureiro - Socios Despachos BK Burgos

 

 

 

 

María Álvarez Loureiro

Área Laboral

Despachos BK | Oficina Burgos


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